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¿Cómo emitir cheques y demás títulos de crédito antes de la reconversión?

BCV da detalles sobre las normas aplicables frente a la llegada del nuevo cono monetario con el fin de evitar inconvenientes

El  monto  de los  cheques  y  demás  títulos  de  crédito  emitidos hasta el próximo 30 de septiembre, presentados para el cobro a partir del venidero  1 de octubre, se procesarán en base a la nueva escala monetaria en cumplimiento de la Resolución N° 21-08-01 emitida por el Banco Central de Venezuela (BCV).

«Se  entenderán  que  atienden  en  su  monto  a  la nueva escala  monetaria» no será «necesario que el librador utilice ninguna expresión adicional en el espacio dispuesto en tales instrumentos para escribir el monto en números y/o letras», reza el instrumento legal en su artículo 13.

En el segundo párrafo, se establece que las «instituciones bancarias regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de  Ley  de Instituciones  del  Sector  Bancario  y  demás  leyes  especiales, deberán informar a sus clientes y usuarios, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución,  y  a  través  de  los  medios  que  consideren  más convenientes  e  idóneos,  las  reglas  aplicables al  pago  de  cheques con  la nueva  escala monetaria,  conforme  a  las  disposiciones  previstas  en  el Decreto N° 4.553 mediante el cual se decreta la Nueva Expresión Monetaria y en esta Resolución».

El   Sistema   de   Cámara   de   Compensación   Electrónica, administrado por el BCV, procesará hasta el 29 de octubre los cheques emitidos antes del  día uno del referido mes.

«A  partir  del 2 de noviembre de 2021,  dichos  cheques podrán  cobrarse únicamente  en  las  taquillas  bancarias  respectivas  y  su  pago  se  realizará mediante la entrega de las especies monetarias correspondientes», indica el artículo 14.

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