Quienes sufran de alguna enfermedad incurable, así como de algún sufrimiento físico o psíquico, podrán pedir suicidio asistido
La Ley de eutanasia que fue aprobada el pasado 18 de marzo por el Congreso de los Diputados de España, entrará en vigor el venidero 25 de junio, según reza el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado este 25 de marzo.
Para la fecha, las personas mayores de 18 años que padezcan de alguna enfermedad grave, incurable o invalidante, así como de algún sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable, podrán solicitar el suicidio asistido.
De acuerdo al preámbulo, el instrumento legal tiene el objetivo de “dar una respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista, a una demanda sostenida de la sociedad actual” mediante “dos principios esenciales” como los «derechos fundamentales a la vida y a la integridad física y moral” y “bienes constitucionalmente protegidos como son la dignidad, la libertad o la autonomía de la voluntad”.
La ley propuesta por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) autoriza a las personas con nacionalidad española o residenciadas en el país, a practicarse la eutanasia, demostrando previamente la capacidad para hacerlo y que su decisión no se deba a “ninguna presión externa”. En caso de arrepentimiento, podrá ser retirada.
El solicitante, debe contar con un expediente médico certificado que será validado por expertos.
También, es necesario que llene 2 formularios (entre los que transcurrirán 15 días naturales) para manifestar de manera voluntaria su consentimiento de practicarse la eutanasia.
Los menores de edad no podrán solicitarla, ni mucho menos sus padres.
La objeción de conciencia, está estipulada para los profesionales sanitarios que por convicciones propias no deseen llevarla a cabo.
No obstante, las administraciones regionales deben garantizar al paciente la prestación del servicio si cumple con los requisitos.
España se suma a otros países como Bélgica,Canadá, Luxemburgo, Países Bajos y Colombia, donde la eutanasia es legal.