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Autorizan a colegios privados cobrar mensualidad en dólares en base a tasa del BCV

No será obligatorio el pago de la mensualidad escolar con moneda extranjera, las instituciones deberán regirse por la tasa del BCV

La ministra de comercio, Eneida Laya y el ministro de educación, Aristóbulo Iztúriz, firmaron el martes una resolución que establece la metodología a seguir para fijar la cuota mensual de escolaridad en las instituciones de educación privadas, informó Banca y negocios.

Según se reseña, esta nueva resolución indica que en ningún caso es obligatorio pagar la matrícula escolar con alguna moneda distinta al Bolívar. Además, se explica que si los padres desean cancelar con divisas, el colegio debe basarse en la tasa oficial calculada por el Banco Central de Venezuela (BCV).

“Ninguna institución educativa deberá poner como condición el pago de su mensualidad en moneda extranjera para la entrega constancias, boletines o algún documento probatorio del estudiante”, dice la resolución.

En el documento citado por Banca y Negocios se detalla que, “una vez estén estructuradas las propuestas de cobro, la cual deberá estar basada en la metodología de agrupación de costos, deberán elevarse en asamblea de padres y representantes”, este proceso podrá llevarse a cabo a través de medios físicos o electrónicos, con 5 días hábiles para realizar observaciones.

La Ministra de comercio, Eneida Laya, afirmó que la Superintendencia para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), estará vigilando el cumplimiento de la resolución 024.

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