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TSJ suspendió tasas tributarias para gobernaciones y alcaldías

La sentencia N° 078-2020 ordena que conformen una mesa técnica para coordinar los parámetros dentro de los cuales ejercerán su potestad tributaria

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de la Sala Constitucional, suspendió por un lapso de 90 días, la aplicación de cualquier instrumento normativo que establezcan algún tipo de tasa o contribución de naturaleza tributaria.

La sentencia N° 078-2020 ordena al vicepresidente de economía, Tareck El Aissami, que junto con los gobernadores, los alcaldes y el jefe de gobierno del Distrito Capital, conformen una mesa técnica para coordinar los parámetros dentro de los cuales ejercerán su potestad tributaria.

La decisión exige al Gobierno a presentar informe detallado de las actuaciones desplegadas en ejecución de la sentencia presentada.

El fallo advierte que “cuando las distintas personas político-territoriales ejercen sus competencias en materia tributaria, debe ser conforme con los principios y valores que informan al sistema tributario en general, señalados en el artículo 316 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para garantizar que las entidades político-territoriales no excedan los límites constitucionalmente establecidos».

En este sentido, el TSJ añadió que la coordinación y armonización del ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios que “ordena el Texto Fundamental, permitiría homogeneizar tanto los tipos impositivos como los procedimientos tributarios”.

Esto con la finalidad que los contribuyentes que realizan su actividad económica en diferentes entidades político-territoriales, “tengan un mínimo de certeza sobre los procedimientos tributarios y cargas fiscales que genera su actividad productiva, con lo cual se estarían creando condiciones que tiendan a promover y mantener el desarrollo económico y social del país”.

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