BCV da detalles sobre las normas aplicables frente a la llegada del nuevo cono monetario con el fin de evitar inconvenientes
El monto de los cheques y demás títulos de crédito emitidos hasta el próximo 30 de septiembre, presentados para el cobro a partir del venidero 1 de octubre, se procesarán en base a la nueva escala monetaria en cumplimiento de la Resolución N° 21-08-01 emitida por el Banco Central de Venezuela (BCV).
«Se entenderán que atienden en su monto a la nueva escala monetaria» no será «necesario que el librador utilice ninguna expresión adicional en el espacio dispuesto en tales instrumentos para escribir el monto en números y/o letras», reza el instrumento legal en su artículo 13.
En el segundo párrafo, se establece que las «instituciones bancarias regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, deberán informar a sus clientes y usuarios, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, y a través de los medios que consideren más convenientes e idóneos, las reglas aplicables al pago de cheques con la nueva escala monetaria, conforme a las disposiciones previstas en el Decreto N° 4.553 mediante el cual se decreta la Nueva Expresión Monetaria y en esta Resolución».
El Sistema de Cámara de Compensación Electrónica, administrado por el BCV, procesará hasta el 29 de octubre los cheques emitidos antes del día uno del referido mes.
«A partir del 2 de noviembre de 2021, dichos cheques podrán cobrarse únicamente en las taquillas bancarias respectivas y su pago se realizará mediante la entrega de las especies monetarias correspondientes», indica el artículo 14.