Precios de productos y servicios deben reflejar nueva escala monetaria

Doble expresión facilitará familiarización con el cono que entrará en vigencia el venidero 1 de octubre, informa el BCV

Hasta que el Banco Central de Venezuela (BCV) lo disponga, los precios de productos y servicios deben exhibirse en base a la nueva escala monetaria, así como en su actual expresión en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 4.553, publicado en Gaceta Oficial N° 42.185 el pasado 6 de agosto.

La Resolución N° 21-08-01 del BCV que contempla las normas de esta medida, desglosa en el capítulo IV, la muestra, oferta, exhibición o exposición de la doble expresión de los precios a través de habladores, tarifarios, material  publicitario  o informativo y otros  instrumentos.

En concreto, si un producto o servicio tiene un precio de Bs. 10.000.000 (actual expresión) debe exhibirse también, a la vista del público en el monto de la nueva escala que sería Bs.10, según el artículo 1 del mencionado Decreto.

Para el BCV, la doble expresión de precios facilitará a los usuarios y consumidores la familiarización con la Nueva Expresión Monetaria (NEM).

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